CREDITO CUOTA UNICA: Es un préstamo de libre destinación, por un valor máximo del 100% de sus aportes siempre y cuando el asociado tenga una antigüedad en INTERMAP superior a dos (2) años, a un plazo no mayor a tres (3) meses prorrogable a otros tres (3) meses y con interés nominal anual del trece punto veintitrés (13.23%). Potestativo de la gerencia hasta por 20 Salarios mínimos mensuales legales vigentes SMMLV. Sumas superiores a este monto serán sometidos a estudio y aprobación del Comité de Créditos y/o Junta Directiva.
Garantías: Previo estudio del caso, cuando el crédito supere el 100% de los aportes se exigirá garantía real consistente en prenda sobre vehículo y/o hipoteca sobre bien inmueble a favor de INTERMAP, cheques post-fechados y pagare abierto con carta de instrucciones firmado por el deudor y en el caso de personas jurídicas debe firmar también el Representante Legal como persona natural en calidad de deudor solidario.
Forma de pago: Consignación y/o transferencia en la cuenta de ahorros del banco autorizado por INTERMAP. En caso de que el asociado no pague este crédito en el plazo pactado, se le podrá hacer la re liquidación al mismo plazo solicitado inicialmente pero con el interés más alto que opere en INTERMAP a la fecha de su contabilización. La cuota de amortización en todo caso será de cuota única, es decir en un solo pago.